Redacción / Ciudad de México
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a los hospitales públicos a practicar abortos en casos de violación a menores de 12 a 17 años de edad incluso sin autorización de sus padres.
Por mayoría de votos los ministros avalaron la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
En dicha modificación, se facilitó el acceso de mujeres y niñas a la interrupción voluntaria del embarazo cuando hayan sido víctimas de violación sin necesidad de autorización judicial o, en el caso de menores de edad, sin previo aval de sus padres.
“En caso de violación ninguna niña o adolescente debe ser obligada a ser madre ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores”, escribió Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, en su cuenta oficial de Twitter. “Cualquier obstáculo para obtener la interrupción del embarazo en estos supuestos supone una revictimización y una crueldad inimaginable”.
En respuesta a un recurso del estado de Aguascalientes, la Corte determinó que la ley nacional que reconoce esos derechos es constitucional, que tales servicios deben prestarse en todo el territorio y que acatar dicha normativa no interfiere en las competencias del estado.
De este modo, las víctimas de violación sexual tienen derecho a solicitar el procedimiento de aborto en cualquier centro de salud aunque sean menores de edad y sin el visto bueno de sus tutores legales con tal de tener un escrito bajo protesta de decir verdad en el que se declaren víctimas de ese delito. Además, pueden decidir si presentan o no una denuncia en la fiscalía sin que ello determine su acceso a la interrupción del embarazo.
Durante la sesión, Zaldívar aseguró que obligar a mujeres o niñas a llevar a término un embarazo producto de una violación “implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad” y es una forma de violencia de genero.
La decisión supone un nuevo respaldo al derecho a decidir de adolescentes después de que en septiembre la Corte sentenciara que era inconstitucional la penalización del aborto y estableciera que los estados no tienen competencia para definir el origen de la vida. Después de ese fallo, varios estados modificaron sus leyes para acatarlo.
El pronunciamiento es una victoria más para los colectivos feministas que denunciaron en muchas ocasiones que hay embarazos de menores fruto de violaciones en el seno de sus propias familias, con lo que la posibilidad de denunciar o conseguir una autorización para abortar era casi imposible.
(Con información de AP, SCJN)
domingo, marzo 22, 2026
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