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    Propone PRI aumentar a 15 años la pena por homicidio simple doloso

    18 de febrero de 2022
    El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes expuso los motivos de la iniciativa presentada por el grupo parlamentario del PRI. (Foto: Especial).
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    Redacción / Guanajuato, Gto.

    Las diputadas y los diputados que integran el grupo parlamentario del PRI, presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato para incrementar la pena mínima de prisión de diez a quince años en el delito de homicidio simple doloso, a efecto de que los sentenciados por este delito no obtengan su libertad condicionada en cinco años, cuando se les aplica la pena mínima, conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal.
    Al dar lectura a la exposición de motivos del documento, el diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes señaló que la consolidación de la delincuencia ordinaria encontraba un apoyo importante en el sentimiento colectivo de inseguridad ciudadana y que existía una preocupación en general sobre la delincuencia, así como el temor a ser víctima de un delito.
    “Mediante la actividad legislativa debemos apoyar a las autoridades de procuración y administración de justicia, así como a la ciudadanía, con acciones legislativas como la que se presenta para incrementar la pena mínima del delito de homicidio simple o básico doloso, para que los homicidas no obtengan su libertad en cinco años cuando les es aplicada la sanción mínima de diez años de prisión, que se impone por este delito”, enfatizó el congresista.
    Asimismo, subrayó que la política criminal de seguridad y justicia en la entidad necesitaba ser perfeccionada y apoyada desde el ámbito legislativo. Agregó que el homicidio era un delito en el que Guanajuato estaba ubicado dentro de los primeros lugares de incidencia nacional, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, delito que vulneraba el valor más caro de las personas, que es la vida y, por lo tanto, quien privaba de la vida a otra persona debía ser castigado en forma proporcional a la severidad de la lesión jurídica que causa.
    Alfaro Reyes manifestó que con el incremento del rango mínimo de la pena de homicidio simple doloso a quince años, el sentenciado por ese delito obtendría su libertad condicionada en siete años y medio, lo cual resultaba más proporcional al delito de homicidio, por ello, se considera que dicho incremento del mínimo de la pena en el homicidio simple doloso no vulneraba ninguna disposición constitucional.
    Finalmente, subrayó que con esa medida se coadyuvaría con las autoridades del Sistema de Justicia Penal para evitar que un homicida obtenga beneficio de libertad condicionada en cinco años y el incremento en el mínimo de la pena a quince años de prisión lo consideraban proporcional al bien jurídico afectado en el homicidio doloso y, en consecuencia, remediando en parte el sentimiento social de no se castiga en forma justa a quien comente ese delito.
    La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

    Congreso del estado de Guanajuato Homicidio simple doloso Pena de 15 años PRI

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