Redacción / Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación despenalizó el aborto en todo el país este miércoles luego de que accedió al recurso de amparo presentado por una organización no gubernamental para garantizar a todas las mujeres la posibilidad de interrumpir su embarazo, informó el máximo tribunal.
“La Primera Sala de la Corte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, declaró la institución judicial en redes sociales.
De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que difunde información sobre el aborto en México y que presentó el amparo, a partir de ahora el personal médico de las instituciones federales de salud “no podrá ser criminalizado por ayudar a que alguien aborte”.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación despenaliza el aborto a nivel federal. Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en (…) cualquier institución federal de salud”, consignó la organización en la red social X, antes llamada Twitter.
Además, el Congreso deberá “eliminar el delito de aborto” del Código Penal Federal y “todas y todos los jueces locales y federales tendrán que implementar” lo establecido por la Corte Suprema.
La decisión
Los cinco ministros de la Primera Sala -cuatro hombres y una mujer- revisaron el caso presentado por GIRE sobre los artículos 330 al 334 del Código Penal Federal, los cuales sancionaban con penas de prisión la práctica de abortos voluntarios en instituciones de salud federales.
La interrupción de la gestación por casos de violación, malformaciones o riesgo de la madre sí estaban amparadas por la ley.
Los ministros Alfredo Gutiérrez, Arturo Zaldívar y Juan Luis González Alcántara votaron a favor de la despenalización total en la ley federal, mientras que Margarita Rios-Farjat y Jorge Pardo sostuvieron que solo debería amparar a los promoventes del caso.
Pese a que el Código Penal Federal sancionaba el aborto, en los hechos era inusual que la Fiscalía General de la República persiguiera el delito. Entre 2001 y 2019, solo hubo 14 casos de persecución oficiosa, según un recuento del diario Reforma.
En septiembre de 2021, el pleno de la SCJN emitió una sentencia en la que declaraba constitucional el derecho a la interrupción del embarazo, una decisión basada en una controversia por la ley del estado de Coahuila.
Sin embargo, tal decisión daba un margen a los estados para mantener la penalización que ha sido combatida por demandas caso por caso como la presentada por GIRE hace unas semanas contra la legislación del estado de Aguascalientes.
La Primera Sala también se pronunció el pasado 30 de agosto en contra de la persecución judicial del aborto en ese estado.
La decisión se produce en medio de una tendencia en América Latina de flexibilizar las restricciones al aborto, incluso cuando el acceso ha sido limitado en algunas partes de Estados Unidos.
La Ciudad de México fue la primera jurisdicción mexicana en despenalizar el aborto hace 15 años.
(Con información de AP)